15 de febrero, fecha límite de presentación

 

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Recuerda que tienes hasta el 15 de febrero para presentarla

Comienza el año y volvemos a retomar nuestros pendientes, propósitos, obligaciones y responsabilidades, tanto a nivel personal como en lo laboral.

Acabamos de hacer el cierre del ejercicio 2015 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y este año, tanto las Personas Físicas como las Morales deben hacer sus declaraciones y este año, 2016, ahora la entrega de la Contabilidad Electrónica.

Una de las declaraciones que muchos contribuyentes dejan pasar y que se debe entregar a más tardar el 15 de febrero de cada año, es la Declaración Informativa Múltiple (DIM) en donde se le informa a la autoridad de prácticamente todo lo que tiene que ver con entradas y salidas de empleados durante el año anterior a la misma, es decir, en este caso todo lo que hizo en el 2015.

¿Qué debes informar?

  1. Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidios para el empleo (incluye ingresos por acciones).
  2. Información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS.
  3. Información de contribuyentes que otorguen donativos.
  4. Información sobre residentes en el extranjero.
  5. De los regímenes fiscales preferentes.
  6. Empresas integradoras. Información de sus integradas.
  7. Régimen de pequeños contribuyentes (REPECOS) régimen vigente hasta 2013.
  8. Información sobre el impuesto al valor agregado.  (Derogado en la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 24 de mayo de 2011, por lo que no está obligado a presentar dicho anexo a partir del ejercicio 2010.)
  9. Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.
  10. Operaciones efectuadas a través de fideicomisos.

Lo que tienes que hacer para presentar esta Declaración es tener hecho previamente el cálculo anual con toda la información, que normalmente lo hacen en el cierre del año o a más tardar los primeros días de enero; esta información se manda por medio de un programa que la misma autoridad habilita, llamada DIM, en donde cada Persona carga la información ya antes mencionada y trabajada y la envía por medio del portal del SAT.

¿Habrá DIM para el 2017?

Mucho se habla si en el 2017 se seguirá presentando esta declaración, pues a partir de que todas las nóminas se deben timbrar, la autoridad ya cuenta con toda esta información que solicitan en la DIM, por eso, muchos noministas se preguntan si para el 2017 se seguirá presentando, dado que toda esa información ya estará registrada cada vez que se mande timbrar un recibo de nómina. Queda esperar a que el SAT confirme si habrá o no Declaración Informativa Múltiple para el próximo año.

Declaraciones personales

La DIM es el antecedente para las Personas Físicas que quieran hacer su declaración anual, pues el patrón tiene la obligación de entregarles la constancia de su información, siempre y cuando el colaborador la haya solicitado con anticipación.

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Fuente: accesoi.com

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