¡5 obligaciones fiscales a cumplir en 2018!

Además del nuevo formato de la Factura Electrónica, hay otras disposiciones que debes tomar en cuenta como contribuyente: ¡Aquí te decimos cuáles son y sus fechas de entrada en vigor!

Este 2018, continuará la implementación y perfeccionamiento de disposiciones que ayudarán al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a tener mayor control de la recaudación de impuestos.

De acuerdo con datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), este año se espera una recaudación de impuestos que supere los 2.9 billones de pesos; un 56.2% más de los ingresos totales del sector público y un incremento del 7.9% en comparación al 2017.

En ese sentido, todos como contribuyentes debemos prestar atención a los cambios que ha ido anunciando el SAT desde el 2017 y que tienen como actor central la versión 3.3 de la Factura Electrónica.

Los cambios, grandes y pequeños, han sido detallados en la Resolución Miscelánea Fiscal 2018, publicada el pasado 22 de diciembre.

A manera de resumen, aquí en Acceso i®, te compartimos las principales fechas a tomar en cuenta y que no debes perder de vista, sobre todo para cumplir con oportunidad y evitar contratiempos y, en el caso más extremo, alguna sanción o multa por parte de la autoridad.

1.Factura Electrónica 3.3

Desde el 1 de enero de este año, la Factura Electrónica, versión 3.3, será la única versión vigente para nuestros comprobantes digitales (CFDI).

Recordemos que este nuevo formato entró en vigor a partir del 1 de julio de 2017, pero no fue hasta esa fecha cuando la autoridad informó su uso definitivo y obligatorio para todos los contribuyentes.

Antes de que terminará 2017, otorgó una facilidad para tener más tiempo en su adopción, conocimiento y uso. De acuerdo con el fisco, esta nueva factura ayuda a tener mayor certeza en el manejo de la información estandarizada para las transacciones comerciales.

Si deseas ampliar la información, puedes consultar la regla 2.7.2.9, fracción I, de la RMF 2018.

2.Complemento CFDI Recepción de Pagos o Recibo Electrónico de Pago

Vigente desde el 1 de julio de 2017 pero obligatorio a partir del 1 de abril de este año, este complemento o recibido electrónico de pago consiste en entregar y/o recibir un CFDI que confirma que el pago de nuestras facturas ha sido efectuado, si este no se realizó al momento de la transacción.

Este recibo contiene la información del pago y las facturas saldadas. Sus objetivos, de acuerdo con el fisco, son:

  • Controlar el flujo de efectivo
  • Ajustar mecanismos para evitar cancelaciones indebidas
  • Conocer si la factura ha sido pagada
  • Evitar la duplicidad de Ingresos en Facturación de Parcialidades

Para revisar la información y fundamento legal, consulta el Artículo Transitorio Séptimo, de la RMF para 2018.

Tres fechas adicionales a tomar en cuenta son:

  • 30 de junio de 2018: Fecha límite para que no cause infracción fiscal el uso incorrecto de clave de unidad de medida y/o clave de producto o un servicio en CFDI. (Transitorio Décimo).
  • 01 de julio de 2018: Entra en vigor el proceso para cancelaciones de CFDI dispuesto en las reglas 2.7.1.38 y 2.7.1.39 de la RMF para 2018. (Transitorio Octavo, RMF para 2018.
  • 31 de diciembre de 2018: Concluye el plazo de la facilidad otorgada exclusivamente a contribuyentes del RIF para no utilizar el Complemento para Recepción de Pagos en operaciones de dicho régimen que no rebasen $5,000 pesos mexicanos. (2.7.1.42)

Nueva versión de Contabilidad Electrónica 

No podemos dejar de mencionar que este 2018, adicionalmente, hay cambios para la Contabilidad Electrónica. Para esta disposición existe una nueva versión del Anexo 24 y que en términos prácticos solicita que los XML de la Balanza de Comprobación y el Catálogo de cuentas deben ser entregados con la nueva versión 1.3; la más reciente y obligatoria también desde el 1 de enero.

Hasta el año pasado, como contribuyentes, veníamos entregando nuestros archivos en versión 1.1 a la vez que ya era vigente, pero no obligatoria, la 1.3. Durante ese año, convivieron ambas versiones y en cualquier momento se esperaba que la autoridad hiciera obligatoria y únicamente aceptaría la 1.3.

Aquí sucedieron tres hechos clave:

  1. La versión 1.3 de la Contabilidad Electrónica se publicó el 6 de enero de 2017.
  2. En octubre, el validador del SAT marca como inválida la versión 1.1, sin previo aviso.
  3. El 29 de noviembre se publica la Sexta Modificación a la RMF 2017, en donde hace una aclaración al respecto:

“Para los efectos de las reglas 2.8.1.6. y 2.8.1.7., los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad podrán optar por utilizar, hasta el 31 de diciembre de 2017, el Documento Técnico Versión 1.1

… O utilizar el documento técnico versión 1.3., publicado en el Portal del SAT a que hace referencia el Anexo 24 de la RMF de la RMF 2017, publicado en el DOF el 6 de enero de 2017.”

De ese modo, se anunció la obligación de entregar desde el 1 de enero de 2018 la versión 1.3 de la Contabilidad Electrónica.

En otro blog, hablaremos específicamente de los cambios de la Contabilidad Electrónica.

Posted in: