La semana pasada la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, adelantó la publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2016, lo que hasta ahora ha causado diferentes comentarios, análisis y expectativas al respecto.

Normalmente este documento se da a conocer en marzo de cada año, pero este se adelantó unos meses, lo que dará una buena expectativa a los contribuyentes para poder saber qué se necesita y qué cambios repercutirán en la toma de decisiones para el 2016.

De los puntos más destacables que se encuentran en la Resolución Miscelánea Fiscal 2016 (RMF), están los que hablan de la Factura Electrónica hasta los que hablan del cambio de domicilio fiscal por internet.

Otro punto a destacar, por el impacto que tiene con el contribuyente, tiene que ver con la multa, aún sin definir monto, relacionada por no proporcionar un correo electrónico para recibir notificaciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT). De hacerlo así, las autoridades fiscales lo interpretan como una oposición a mantener comunicación con estas.

Tomando en cuenta esto, a continuación te dejamos algunos de los puntos a considerar en la nueva Resolución Miscelánea Fiscal 2016:

    1. Factura Electrónica:
      En el tema de las Facturas Electrónicas, la Resolución menciona que los usuarios o contribuyentes podrán adquirir, rentar o desarrollar un sistema digital para que puedan generar sus comprobantes fiscales digitales por internet. 

        1. En el caso de que quieras ser tú quien desarrolle tu propio software, debes entender y contar con todos los elementos que te avalen ante la autoridad como un sistema certificado; además
            1. Si la opción es desarrollar por cuenta propia, el sistema o aplicación para cumplir con la emisión y recepción de las Facturas Electrónicas, toma en cuenta que será necesario dar seguimiento a sus actualizaciones en caso de que haya modificaciones para esta disposición, fiscalmente hablando; incluso, si hablamos de funcionalidades y características deberían existir actualizaciones que se ajusten a las necesidades de tu empresa. Para ambos casos, implicará más tiempo de desarrollo.
            1. Si la decisión es contar con un desarrollo hecho en casa o por un equipo de ingenieros externo, asegurar desde la capacitación y aprovechamiento máximo del sistema hasta el soporte técnico brindado.
            1. Para la renta, en el mercado ya existen marcas con esta opción bajo el concepto de Licenciamiento Anual. CONTPAQi®, por ejemplo, en su portafolio de productos ya la incluye con los beneficios de actualizaciones fiscales y de funcionalidades durante el año contratado.
            1. Parte de este tema de la Factura Electrónica se encuentra la facilidad de que puedas contratar o usar un servicio de terceros que cumplan con todo lo requerido y actualización a las disposiciones promovidas por la autoridad. En este sentido, CONTPAQi® cuenta con el servicio de Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) avalado por el SAT, cuya ventaja consiste en no pagar por la contratación adicional por dicho servicio; siempre y cuando se esté en la versión más reciente del sistema o aplicación; así como la garantía de que tu información esté resguardada y disponible únicamente para el contribuyente al que pertenece.
    • Secreto bancario:
      Aclara que no se viola el secreto bancario cuando el SAT pida de manera directa a los bancos información de los tarjetahabientes para efectos fiscales en caso de cobro de impuestos o para procesos administrativos.
    • Buzón Tributario:
      Sobre el Buzón Tributario menciona que quien no haya dado de alta un correo electrónico ante el SAT, como forma de comunicarse y el cual servirá para que se envíen notificaciones tanto de incumplimiento como de cumplimiento, se tomará como una oposición a la autoridad, pudiendo causar sanciones, establecidas en el Código Fiscal de la Federación.
    • Cambio domicilio fiscal:
      Quienes quieran cambiar su domicilio fiscal por medio de internet, lo podrán hacer de manera automática por medio del portal del SAT, siempre y cuando tengan un buen historial de cumplimiento; de lo contrario seguirán asistiendo a las oficinas del SAT.
    • Nueva e.Firma Portable:
      Además se integra la e.Firma Portable, la nueva firma electrónica avanzada, con la que ya no será necesario llevar tu firma en una USB, sino que podrás cargarla desde cualquier dispositivo móvil y te servirá para pedir devoluciones de impuestos.
      Para acceder a esta firma, las Personas Físicas deben contar con la Fiel (Firma Electrónica) vigente y con contraseña.

¿Te interesa saber más sobre este tema? Pronto estaremos informando más al respecto, o puedes leer y descargar la Resolución Miscelánea Fiscal 2016 en el siguiente enlace:

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Paginas/resolucion_miscelanea_2016.aspx

Fuente: accesoi.com

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