Termina Timbrado con FIEL

Este martes 3 de marzo de 2015 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que la facilidad para las Personas Físicas de emitir y timbrar CFDI con la FIEL únicamente aplica para su servicio gratuito, disponible en su portal.

Esta regla entra en vigor al día siguiente de su publicación: 4 de marzo de 2015, de acuerdo con el transitorio Primero de la Primera Modificación a la RMF 2015. El SAT lo dio a conocer en la Regla 2.2.7 de la Primera Modificación a la RMF 2015, publicada el 3 de marzo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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Si eres una Persona Física que viene realizando este proceso con un proveedor de CFDI será necesario contar con tu Certificado de Sello Digital (CSD). Este cambio impacta a nuestros sistemas CONTPAQi® Factura electrónica, CONTPAQi® Comercial, CONTPAQi® Nóminas, CONTPAQi® Punto de venta, ADMINPAQ® y CONTPAQi® Bancos, así como a nuestras aplicaciones CONTPAQi® CFDI Facturación en línea (servicio gratuito), CONTPAQi® CFDI Facturación en línea+ y CONTPAQi® CFDI Nóminas+.
Nota: En el caso de CONTPAQi® Contabilidad, se puede emitir Contabilidad Electrónica aún sin haber asignado un certificado en la configuración. Es necesario tramitar tu CSD y poder continuar emitiendo y timbrando CFDI. Tramítalo a la
brevedad ante el SAT.

Para continuar timbrando con nuestros sistemas y aplicaciones CONTPAQi®:

  1. Tramita tu CSD ante el SAT. Revisa aquí requisitos:
    http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/tramite_csd.aspx
  2. Si eres usuario de nuestros sistemas, en el apartado de Configuración quita los archivos de la FIEL y carga los archivos del CSD.
  3. Si eres usuario de nuestras aplicaciones, en el apartado de Configuración también debes quitar los archivos de la FIEL y cargar los archivos del CSD.

Nota: A más tardar el día de mañana, CONTPAQi® te proporcionará una guía donde te explica cómo realizar estos tres pasos.

Importante: Considera que una vez que hayas tramitado tu CSD, el SAT tarda de 24 a 72 horas en actualizar su listado de contribuyentes (LCO), por tal motivo te pedimos ser paciente y verificar cada 24 horas si tu RFC ya aparece en ese listado. En tanto no esté, no podrás timbrar.

Agradecemos tu comprensión ante las situaciones que se pueden presentar con estos cambios de la Resolución Miscelánea.

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