Declaración Anual de Personas Físicas: ¿cuáles son las facilidades que tienes para cumplir a tiempo?

Cada año que llegamos a estas fechas, comenzamos a preocuparnos porque debemos presentar nuestra declaración anual, y cada año es más fácil hacerlo, pues todo esto ayuda tanto a las empresas y a los trabajadores a estar al día con sus obligaciones fiscales, como a la autoridad a tener un proceso más rápido y sencillo de recaudación.

Pero ¿cuáles son los medios para hacerlo más fácilmente? ¿Quiénes están obligados? ¿Cuándo lo tenemos que hacer? ¿Qué herramientas tengo para hacerlo y qué beneficios tiene para quien no lo omita? Aquí te presento la información que necesitas para poder cumplir con esta obligación que cada año tenemos que cumplir.

Si eres asalariado

No es necesario declarar tus ingresos, si son solo por salarios y no tienes nada que deducir, o si obtuviste ingresos por intereses menores o hasta 20,000 pesos

Sin embargo, si vas a presentar deducciones y tienes saldo a favor puedes declarar cuando quieras en todo 2017.

¿Qué medios tienes para declarar?

Por medio de un Contador

Normalmente si eres asalariado y pediste a tu empresa o patrón que no hiciera tu Declaración, puedes contactar directamente a tu Contador para que lo haga por ti, siempre y cuando estés dado de alta ante el SAT y tu contador tenga toda la información necesaria para hacerlo

Por Teléfono

Ahora el mismo SAT te da la opción de hacerlo por teléfono, ¿quién lo puede hacer así?:

  • Si tu saldo a favor no es mayor a 10,000 pesos.
  • Si obtuviste ingresos exclusivamente por sueldos y salarios o de un solo patrón.
  • Si tienes como máximo 25 facturas para deducir.
  • Si tu correo electrónico está registrado ante el SAT.
  • Si tienes una cuenta Clabe registrada en declaraciones anteriores a tu nombre.
  • Si eres trabajador asalariado y no tienes otra actividad económica o ingresos adicionales la puedes realizar aquí

Por medio de tu dispositivo móvil

Condiciones:

  • Haber tenido ingresos por salarios, o bien con intereses inferiores a 1,000 pesos.
  • Con un solo patrón.
  • Con deducciones personales con facturas:
    • Gastos médicos.
    • Gastos funerarios.
    • Primas por seguros de gastos médicos mayores.
    • Consulta aquí los demás gastos deducibles: http://accesoi.com/noticias/gastos_deducibles.html
  • Con saldo a favor inferior a 10,000 pesos.
  • Presentaste tu Declaración Anual en 2013 o 2014.

En este caso, la promesa del SAT es que en 5 días te devuelve tu saldo a favor.

Si eres Persona Física con actividad empresarial, servicios profesionales, intereses, arrendamientos u honorarios, para hacer y presentar tu Declaración Anual tienes las opciones de: 

  • Por medio de tu Contador
  • Por medio de la página del SAT, en DeclaraSAT

Al tener ya una actividad empresarial y estar facturando, tu información ya se encuentra precargada, es decir, el mismo SAT ya no necesita que vuelvas a cargar tu información, ya incluye: ingresos por salarios, servicios profesionales y arrendamiento, etc.

Solo tienes que revisar que todo esté bien, estar de acuerdo con la propuesta que el mismo SAT te hace, llenar los campos restantes y firmar de aceptación.

Así que ya sabes, ahora es más fácil realizar tu declaración, la recomendación es que durante el mes de abril la hagas sin dejarlo para al final y de ser posible puedas conseguir un saldo a favor

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