Las iglesias deberán cumplir con sus obligaciones fiscales, no se trata de iniciar un proceso de auditorías, sino de que todos cumplan con estas obligaciones
En una rueda de prensa ofrecida a medios de comunicación, hace unos días el Jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Aristóteles Núñez, habló sobre la obligación y fechas límite para que las iglesias presenten su Contabilidad Electrónica, de lo contrario podrían ser acreedores de una auditoría y posibles multas.
Alrededor de 4,000 asociaciones religiosas (iglesias) del país son las que tienen hasta el primer semestre de este 2016 para presentar sus Contabilidad Electrónica, pues se pretende que se pongan en orden con el fisco, de lo contrario, se iniciarán las respectivas auditorías, precisó el jefe del SAT, Aristóteles Núñez.
“Hoy la pretensión no es iniciar un proceso de auditoría a las iglesias, lo que estamos haciendo en una primera etapa es que como todos los contribuyentes en el país empiecen a cumplir con ciertas obligaciones fiscales”, comentó.
En esta misma reunión el jefe del fisco explicó que las iglesias deben cumplir con la Contabilidad Electrónica, además de registrar sus ingresos en medios electrónicos, como lo es este medio; así como comenzar a utilizar la facturación electrónica. La Contabilidad Electrónica la tendrán que entregar cada semestre; y por todos los ingresos que obtienen tendrán que hacer una factura electrónica y reportar de manera bimestral.
Recordemos que las iglesias tienen ingresos exentos que no están obligados al pago de impuestos, como lo es la limosna, los diezmos y los servicios religiosos, entre los que se encuentra el pago de misas, sin embargo la intención, según el jefe del SAT es regularizar toda actividad que tenga que ver con lo que cualquier ciudadano debería pagar o presentar.
En este sentido es bueno dejar claro que lo que el fisco considera ingresos propios de las iglesias está la venta de libros y objetos religiosos sin fines de lucro, además está exento del pago de IVA la manutención de los religiosos o ministros.
Además, las asociaciones religiosas están libres del pago para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), siempre y cuando los dueños obtengan los ingresos de manera voluntaria y los utilicen para los fines propios de los templos, explicó Aristóteles.
Núñez agregó: “Si se salieran de los fines, esas asociaciones religiosas tienen el tratamiento de cualquier contribuyente y, en su caso, tendrían que pagar el ISR y el IVA, un tratamiento similar al de las instituciones de asistencia privada”.
Por lo que sólo nos queda esperar cómo procederán y si al igual que todos los contribuyentes entregarán a tiempo su Contabilidad Electrónica como lo está solicitando la autoridad.
Fuente: accesoi.com
Autor: Ernesto Ruelas