No se proponen nuevos impuestos, no hay incremento de los existentes y no hay disminuciones a los beneficios fiscales.
Por: Omar Barrera Dávila
Si el año pasado fue difícil para la economía nacional y este 2015, a punto de terminar, tampoco pintó nada bien, los comentarios y opiniones de diversos especialistas indican que el 2016 también será un año complicado, volátil y lleno de riesgos para México en términos económicos.
Para el siguiente año, se estima un crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) de entre un 2.3% a un 3%; una inflación del 3%; una tasa de interés promedio de los CETES a 28 días del 4%; un tipo de cambio nominal promedio 16.40 pesos por dólar; se prevé que el precio promedio de la mezcla mexicana de crudo de exportación sea de 50 dólares por barril y la Ley de Ingresos de la Federación proyecta un nivel de ingresos arriba de los 4 billones 763 mil pesos, monto menor en un 1.6% en termino reales de lo aprobado de 2015, entre otros indicadores.
Los cambios más recientes que se dieron a conocer y que ya están publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con motivo de la Reforma Fiscal 2016; buscan dar seguimiento a las premisas realistas y prudentes de la actual administración para preservar la estabilidad macroeconómica y dar cumplimiento con el Acuerdo de Certidumbre Tributaria que se han promovido.
La Reforma Fiscal 2016:
- No se proponen nuevos impuestos
- No hay incremento de los existentes
- No hay disminuciones a los beneficios fiscales
No olvidemos que los cambios en la legislación comienzan a aplicarse a partir del 1 de enero de 2016, a reserva de revisar los artículos transitorios de lo estipulado, e impacta el Ejercicio 2016 y siguientes; si antes no hay alguna modificación.
10 cambios a no perder de vista
Los cambios más relevantes de la Reforma Fiscal 2016 a tomar en cuenta:
- Se mantiene las tasas de recargo por mora y prórroga para el pago de crédito fiscales.
- Continúan los estímulos fiscales y exenciones otorgados en 2015.
- La tasa de retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por intereses disminuye de .6 a .5%.
- Respecto a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), se incrementa la deducción en automóviles de 130 mil a 175 mil pesos.
- Se permite durante 2016 y 2017 la deducción inmediata de las inversiones para los contribuyentes con ingresos de hasta 100 millones de pesos y de los sectores de energía.
- Se otorgan facilidades de exención y comprobación a los ejidos y comunidades agrarias.
- Se reduce el plazo de 5 a 3 años el periodo en el que se puede aplicar la exención del ISR por la venta de casa habitación.
- Para el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF):
- Se amplía el universo de contribuyentes que pueden tributar
- El pago del a PTU debe ser a los 60 días siguientes de la declaración del sexto bimestre
- Se les libera de expedir comprobantes digitales (CFDI) por un monto de 250 pesos, debiendo emitir un comprobante global por las operaciones realizadas con el público en general
- El pago con transferencia, cheque nominativo, tarjeta débito, crédito o de servicios o monedero por las compras e inversiones mayores a 5 mil pesos. Esto no aplica en la adquisición de combustibles
- Respecto a las deducciones personales:
- Se incrementa el límite del monto de 4 a 5 salarios mínimos. La cantidad sería cerca de 127 mil 932 pesos y de 10 a 15% del límite global de las deducciones personales
- Se excluye del límite global de las deducciones personales:
- Planes personales de retiro
- Gastos médicos que tengan las personas por las incapacidades reguladas en la Ley Federal del Trabajo
- En cuanto el Código Fiscal de la Federación (CFF):
- Se faculta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para llevar a cabo los sorteos de Lotería Fiscal
- Hay una nueva multa en el CFF por no presentar la declaración informativa de operaciones relevantes o precios de transferencias, que es de 140 mil a 200 mil pesos
- Hay una multa por no presentar la Contabilidad Electrónica que va de 5 a 15 mil pesos